viernes, 15 de junio de 2012

Obras Sociales y Prepagas: Una ayuda para los celíacos



Desde abril, el Ministerio de Salud de la Nación estableció en su Resolución Nº 407/2012 lo siguiente: “Las entidades alcanzadas por el Artículo 9º de la Ley 26.588 deberán brindar a cada persona con celiaquía, cobertura en concepto de harinas y premezclas libres de gluten por un monto mensual de $215, importe que deberá actualizarse periódicamente”.

La medida se justifica en el hecho de que la reglamentación de la Ley 26.588, a través del Decreto 528/11, “OBLIGA a las entidades mencionadas a brindar una cobertura a sus afiliados del 70 por ciento de la diferencia del costo de harinas y premezclas SIN TACC de aquellas que sí lo poseen.

Además, dicho decreto dispuso que el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), fuera el encargado de establecer las cantidades de harinas y premezclas que deben consumir los celíacos en base a criterios nutricionales, las cuales deben ser cubiertas mensualmente.

Sin embargo, no todas las entidades cubren a los celíacos. En mi caso, cuento con una prepaga que no me brinda los $215, lo cual hace un poco difícil sobrellevar esta enfermedad. Por eso mismo, desde este medio se recomienda consultar a las obras y empresas que nos brindan su servicio para saber si pueden llevar a cabo lo que establece la resolución antes mencionada.

Fuente: Coordinación General de Información Pública y Comunicación, Ministerio de Salud de la Nación

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